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Posts etiquetados ‘alternabilidad’

Portada Sic 712Editorial Sic 716. Julio 2009

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La consecuencia de este último proceso consultivo ha sido, más allá de la victoria del SI, abrir entre los venezolanos una brecha más honda que tiene por epicentro a la figura del Presidente de la República. Más que nunca, dados los resultados, se ha puesto de manifiesto que la sociedad venezolana está partida por la mitad. El efecto no ha sido otro que la profundización de la polarización. Pero, además, se ha reforzado en la práctica una tendencia muy peligrosa para el sistema democrático: la identificación entre partido y Estado.

El problema más profundo quizás haya que situarlo en que la democracia, en nuestro discurso político, ha pasado más bien a ser un subterfugio o un argumento de oportunidad en boca de los diversos actores políticos, que una convicción. Tras dicho discurso se esconde en muchos casos una intencionalidad distinta que no es otra que el control del Estado y el usufructo que el mismo permite tener de la renta petrolera. Así, el discurso democrático no es más que la mampara que encubre la batalla entre élites. En realidad no ha estado en juego la profundización o defensa de la democracia ni de la legalidad, sino el uso de los mecanismos formales de la democracia para lograr la imposición hegemónica de una nueva élite, así como del otro lado la búsqueda de la reconquista del poder perdido. Pero dicha batalla no tiene por centro real al pueblo ni sus intereses, por lo que en el fondo expresa un desprecio absoluto por la gente.

El aspecto fundamental donde se juega la sociedad democrática venezolana se llama inclusión. En la medida que una opción muestre mayor capacidad para incluir, en esa misma medida esa opción irá ganando el favor de los venezolanos, superando de esta forma el discurso polarizante que hoy nos embarga. Un discurso y práctica incluyente que tenga presente el necesario reconocimiento de las culturas en Venezuela y en particular la cultura popular, pero sin que ello implique la negación o rebaja de otras, la promoción de condiciones humanas para todos y el respeto de las libertades, son las verdaderas condiciones de ampliación de los derechos de los ciudadanos.

Se nos preguntó si la enmienda ampliaba los derechos políticos de los ciudadanos. Si nos guiáramos por la experiencia en la campaña electoral, la respuesta a esa pregunta sería NO. Fue una campaña signada por un gigantesco despliegue de propaganda por parte de la opción favorable a la enmienda, mientras la opción contraria  tuvo serias limitaciones.

Constatamos que el Estado desapareció  para dejar paso a la libre voluntad de un grupo político que establece las reglas de juego sin control alguno. Lamentablemente esta campaña ha dejado saldo negativo en cuanto a institucionalidad, pues los árbitros no han aparecido para ejercer control durante el juego y nos referimos concretamente al CNE, al Poder Ciudadano y al Poder Judicial. De hecho la identificación entre el Estado y el partido de gobierno ha llegado a límites inadmisibles: Jorge Rodríguez como jefe de campaña del PSUV,  además era quien se encargaba de autorizar las marchas por el NO en el municipio Libertador, donde es alcalde (autorización que en ninguno de los casos se dio plenamente y sólo excepcionalmente se dio para territorios muy limitados); el encargado de información del PSUV fue a la vez el ministro de Comunicación e Información, Jesse Chacón; los diputados del parlamento han actuado como una simple herramienta de la voluntad del jefe del partido, al cesar sus sesiones durante un mes para dedicarse a hacer campaña dentro y fuera del país; el TSJ se ha llevado por delante el principio de alternabilidad a fin de darle aparente sustento constitucional a una enmienda que vacía de contenido dicho principio.

Uno de los aspectos que más nos preocupan es cómo las misiones han sido instrumentalizadas para servir de correas clientelares del partido y su líder. Los consejos comunales, en principio promocionados como mecanismos de participación popular, aparecen ahora como apéndices organizacionales del partido cuya función durante esta campaña ha sido recolectar voluntades a favor de la opción presentada por el gobierno. En ese sentido el problema no es que miembros de los consejos comunales hagan campaña por una opción determinada, sino que la misma es llevada adelante por el consejo comunal en cuanto tal, lo que reproduce la misma perversión en instancias de participación que se dio en tiempos de Acción Democrática y Copei, limitando así el sentido de democracia real.

Esta identificación progresiva entre partido y Estado conduce a escenarios indeseables, pues al vaciar de contenido la institucionalidad, se generan mecanismos de inequidad y con ello la ruptura del sistema democrático, pues una democracia no es sólo la suma correcta de unos votos, no es sólo el acto electoral. Una democracia se verifica en las condiciones dentro de las cuales los actores participan y hacen conocer sus propuestas. Si esas condiciones no resultan equitativas, se devalúa la democracia y el sistema, en general, se vacía de contenido: ya no hay forma de regular las divergencias políticas e ideológicas. A fin de cuentas una democracia supone pluralidad, y la pluralidad supone igualdad de condiciones entre todos los que participan en el juego.

Por eso, lo que estuvo en juego más allá del principio de alternabilidad en esta campaña fue la democracia como sistema. Y el sistema salió reforzado en el sentido de la participación, pero no en su ámbito institucional. De allí nuestro llamado a reconstruir las bases de un Estado que se dedique a generar igualdad de oportunidades para todos, tanto en el campo económico como en el campo político. Requerimos de leyes iguales para todos y que se apliquen realmente con equidad, sin favorecer a un bando sobre los otros. En especial, las leyes y los hombres de este país deben diferenciar partido de gobierno y el Gobierno propiamente dicho. El Gobierno ha de ocuparse de todos los ciudadanos sin distinguir condición política o social; no puede dedicarse con sentido de exclusión a un grupo; no puede actuar desde el sectarismo ni utilizar los recursos del Estado exclusivamente en función de una porción de los ciudadanos.

En ese sentido la victoria obtenida por el ciudadano Presidente en su propuesta de enmienda puede conducirlo por dos derroteros distintos. Una opción es que éste reconozca a la oposición como su adversario político en el juego democrático (lo que implica el mismo gesto de la oposición, al cual un sector de la misma tampoco ha estado dispuesto). La otra es que, sin mirar la merma de su caudal electoral, sostenga empecinadamente  la negativa a reconocer la existencia de los contrarios, creyéndose en virtud de esta ratificación de su liderazgo la encarnación única de la voluntad popular. Tal actitud acabaría siendo una negación práctica del pluralismo que un gobierno está llamado a respetar y reconocer.

Llamamos, a fin de cuentas, a la reconstrucción de un Estado que por su institucionalidad genere al menos una de las condiciones necesarias para la no discriminación, en el cual haya igual oportunidad de acceso a los cargos públicos e incluso a los beneficios de las misiones sociales sea cual sea la ideología política que se tenga. Creemos que, con los datos que el informe de Provea ofrece y que han sido recogidos en este número 712 de SIC, ha llegado el momento de abandonar el discurso simplemente ideológico político para pasar al plano de la gestión a fin de atender al verdadero sujeto de la acción política, que es el pueblo y sus problemas más urgentes. Por eso, después del SI, gobernar en el marco de un Estado que se reinstitucionaliza es un imperativo inapelable e inaplazable.

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Entrevista con Frei Betto, teólogo brasilero y ex asesor político del presidente Luiz Inacio Lula. Opinó sobre el papel de la iglesia ante el Gobierno y el ejercicio de la política.  También habló sobre la intención del presidente Chávez de mantenerse en la presidencia y la necesidad de mantener un proyecto político que atienda a los más pobres, pero con líderes capaces de sucederse en el ejercicio del poder.

Grabado en el Pre Foro Social Mundial: Fe en la Amazonía

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Editorial Sic 711. Enero-febrero 2009Portada Sic 711

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A principio de enero de este año conocimos el contenido de la sentencia 1939-08 en la cual la Sala Constitucional declara inejecutable la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor de unos ciudadanos que reclamaron la violación de su derecho al debido proceso. Además la misma Corte le pide al Poder Ejecutivo que denuncie (se retire) la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos. Entre sus argumentos se encuentra uno según el cual antes que respetar los derechos humanos de las personas, el Estado debe garantizar aquello que el mismo Estado considera que es el bien común de la sociedad, pasando por encima de cualquier consideración personal. Eso se conoce en la teoría política como la razón de Estado y termina justificando cualquier actuación, pues detrás de la misma se protege aparentemente el bien común de la sociedad. Esto ha dado pie para cientos de abusos a lo largo de la historia.

La misma sentencia afirma que el ordenamiento jurídico está en función de un proyecto político al cual se debe y se subordina. Si este proyecto político fuese el de la Constitución, los derechos de las personas estarían salvaguardados, pues esos derechos aparecen como fin supremo y fundamental del proyecto constitucional. Pero no parece que ese fuese el fin para la mayoría sentenciadora, sino otro. ¿Será acaso el proyecto político revolucionario hoy en el poder? ¿Se identifica sin más al Estado con el proyecto socialista a pesar de que claramente esto fue rechazado por la población el 2 D?

Si asumimos esta perspectiva como hipótesis podemos explicar algunos hechos. En ese modelo, la revolución está por encima del Estado, es decir el Estado no está para servir a los ciudadanos, sino a la revolución, que a su vez aparece como único camino posible para la existencia de la república como es concebida por quienes detentan el poder. La pervivencia de la revolución parece estar ligada al sostenimiento de un hombre en el poder: Hugo Rafael Chávez Frías. Éste aparece como la única garantía de la existencia en paz, pues de no ser él junto con sus acólitos quienes ejerzan el poder tendríamos por resultado el caos, la violencia y la guerra. (more…)

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Carlos F. Lusverti P.

El derecho humano a la participación, como se consagra en los instrumentos de derechos humanos, incluye el derecho de acceso “en condiciones de igualdad a las funciones públicas”. En función de ello, se distinguen dos clases de funciones públicas: las técnico-profesionales o burocráticas y aquellos cargos a los que se accede electoralmente.

Tal división se traduce en un sistema de acceso al empleo público sin discriminación (Art. 21 y 145 constitucional) basado en concursos de méritos, al cual acceden las personas mejor calificadas para el desempeño de los cargos. Para los cargos “electos”, el parámetro de acceso es resultar triunfador en un proceso electoral.

Así las cosas, la Constitución establece que no debe haber discriminación para el acceso a la función pública. Sin embargo esa igualdad “formal” puede verse vacía si no se toman las medidas correctivas para hacer esa igualdad “real y efectiva”, como la propia Constitución reconoce (Art. 21.2) a través de medidas especiales para resolver las inequidades que existen en la realidad.

¿Cómo evitar que una persona movida por sentimientos de afinidad contrate a alguien conocido para un cargo para el cual no tiene las credenciales necesarias? Pues imponiendo la prohibición de contratar a personas que se encuentren en cierto grado de afinidad con la persona que contrata o estableciendo mecanismos burocráticos que mejoren los procesos de decisión que diluyen esa posibilidad. En la misma forma, la Constitución y las leyes deben velar por garantizar que la contienda electoral se lleve a cabo en condiciones de igualdad, de este modo se establece una serie de limitaciones o condiciones que buscan garantizar esa igualdad de condiciones.

Los funcionarios electos, son esencialmente representativos y esa representatividad deriva de su legitimidad electoral, esa es la razón que se trate de cargos de elección popular, pues materializan la voluntad popular que se manifiesta a través de votos, además de otros mecanismos de incidencia o participación que contribuyen a perfeccionar esa representación.

Sin menoscabo de lo anterior, los cargos electos son manifestaciones típicas de la democracia representativa perfeccionada por la vocación participativa de la Constitución de 1999. Ello impone que no se trata únicamente del sujeto de la decisión política (funcionario) sino de cómo se llega a esa decisión. Para esto la Constitución debe asegurar la igualdad de oportunidades en el proceso electoral, en consonancia con el principio fundamental y derechos humanos de igualdad y no discriminación, junto con las medidas especiales que deben tomarse para asegurar esa igualdad limitando a algunos grupos (por ejemplo las personas que ya han ejercido el cargo) o favoreciendo a otros como en el caso de mujeres o pueblos y comunidades indígenas.

¿Cómo garantizar esa igualdad de condiciones? La Constitución de 1961 optó por restringir el derecho de elección pasiva (derecho a competir en elecciones) estableciendo que la posibilidad de reelección era no consecutiva. Es decir, se ejercía la presidencia durante un período, y solamente se podía volver a competir pasados diez años (Art. 185). La Asamblea Constituyente de 1999 optó por otra vía para garantizar la igualdad de condiciones del proceso electoral estableciendo una sola reelección (Art. 230).

Al prohibir o condicionar a una persona (la que ejerce el cargo) se le limita o impide competir. En este caso la limitación de la reelección garantizaría:

  1. La igualdad de condiciones en la contienda electoral;
  2. Correlativamente, las oportunidades iguales para otras personas de acceder al cargo; consecuencialmente
  3. La posibilidad real de alternatividad de personas en los cargos y
  4. La pluralidad de ideas o políticos en la función de gobierno.

A esto se podría objetar en cargos de elección popular que es el pueblo quien decide, sin embargo la realidad impone otras consideraciones. Por un lado los procesos electorales no son sólo procesos de evaluación de gestión o comparación de programas de gobierno, son también procesos competitivos donde los aspirantes tienen derecho de hacer campaña para cambiar la opinión del electorado.

Las personas que optan por la reelección, en la gran mayoría de los casos resultan favorecidas y al mismo tiempo, quienes triunfan contra la reelección han reconocido que se trata de un proceso más engorroso, al que normalmente se añaden errores o desaciertos en la gestión de quien aspira a la reelección. Pero de nuevo no se trata de una regla matemática sino que como las limitaciones son un elemento más y accidental que contribuye a movilizar al electorado a votar en una forma u otra. Aunque no necesariamente el candidato reelecto resulta siempre victorioso, como ocurrió con las Gobernaciones de Miranda y Carabobo, sí se trata de situaciones preferenciales o al menos de mayor visibilidad que se traducen en una ventaja frente a los demás aspirantes para quienes la carrera se hace más difícil.

Además, la permanencia de la persona en el cargo en la práctica otorga más facilidades al candidato (y al partido) en el gobierno y aumenta las trabas a los candidatos opositores. Desde el uso preferente de la función pública como espacios para publicitarse en cuestiones tan sencillas como la inauguración de obras públicas hasta el uso abusivo del poder para perseguir la publicidad rival o procurarse beneficios al usar los recursos públicos.

En otros contextos, la posibilidad de implementar la reelección como modelo democrático, supone la existencia de otros mecanismos de control, como por ejemplo la existencia de autoridades electorales independientes con capacidad real de sancionar el uso ventajista de recursos públicos, la obligación de separarse temporalmente del cargo para realizar la campaña fuera de la investidura, crear mecanismos de fiscalización y vigilancia para la financiación de las candidaturas, etc. Sin embargo en países con democracias frágiles estas medidas no resultan necesariamente efectivas, al punto de frenar el favorecimiento electoral a correligionarios del mismo partido en el poder, sin importar el ámbito del que se trate como lo han demostrado los recientes eventos electorales en Venezuela.

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