Arturo Peraza s,j*
La Asamblea General aprobó la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas: 143 países a favor, 11 abstenciones y apenas 4 países en contra. Sólo se opusieron: Estados Unidos, Canadá, Australia y Nueva Zelanda; y su razón es que les cuesta aceptar los derechos que los demás países reconocen a estos pueblos sobre tierra, territorios y recursos naturales. Goliat contra David hecho multitudes. Gulliver amarrado por los enanos de Liliput.
El concepto central es el de “derechos de los pueblos” que a diferencia de los derechos individuales (sin contrariarlos) se centran en los sujetos colectivos. Así lo expresa su solemne Proemio: “Afirmando que los pueblos indígenas son iguales a todos los demás pueblos y reconociendo al mismo tiempo el derecho de todos los pueblos a ser diferentes, a considerarse a sí mismos diferentes y a ser respetados como tales…”. Se trata del reconocimiento de la pluralidad de culturas y etnias.
Este reconocimiento de la diversidad se garantiza a través del principio de autodeterminación y autogobierno local de esos pueblos (artículo 4); el derecho a sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales (artículo 5); el derecho a practicar sus tradiciones y costumbres culturales (artículo 11); el derecho a enseñar sus tradiciones, costumbres, historia, idiomas (artículos 12, 13 y 14); el derecho a las tierras que tradicionalmente han poseído (artículo 26). Entre otros.
* Director de la revista Sic




Puesto de esa manera, estos supuestos derechos de los pueblos indígenas no son nada especial, en cuanto a contenido, de lo que son (o deberían ser) los derechos de cada individuo, sea indígena o no.
La cuestión es que al parecer los indígenas tienen más derecho a esos derechos que el resto de los mortales lo cual niega cualquier igualdad ante la ley y se establece una especie de contrarracismo: ¿Por qué el resto de nosotros no podemos tener derecho a la autodeterminación y al autogobierno? ¿Porque no somos de una “raza” en particular? ¿Porque no pertenecemos a estas razas “especiales”? Si los seres de segunda clase, léase los no-indígenas, no estamos de acuerdo con un conjunto de instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales de la sociedad en que vivimos, ¿podemos crear las nuestras propias en nuestro propio territorio dentro del páis en cuestión? ¿Por qué los indígenas sí y el resto de nosotros no?
No se me malinterprete, me parece magnífico que un grupo humano pueda hacer lo que los indígenas pueden hacer, lo que me parece intolerable es la discriminación que evita que todos podamos hacer lo mismo siendo como somos, supuestamente, todos iguales.
Soy descendiente de la etnia goajira. Las necesidades de los goajiros son las mismas que la de cualquier grupo humano. Necesitamos agua, educación, vías de comunicación, trabajo, etc. En fin, el tratamiento humano que se le debe a cualquier ser humano. ¿Para ello deben reconocerme derechos específicos? No lo creo. Estos reconocimientos pueden tener un efecto contrario al buscado. Ya que nos tiende a tratar como “especiales” dentro de la comunidad nacional.
Estos reconocimientos me suenan a demogogia.Ahora “te menciono especialmente a tí” cuando en realidad ya estábamos dentro de las leyes de las leyes nacionales e internacionales.